La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, en el marco de la reciente celebración del Día Mundial de la Reparación, subraya la importancia de concienciar y fomentar sobre la reparación de aparatos y dispositivos electrónicos, así como de electrodomésticos, en aras de alargar su vida útil, promover la circularidad y minimizar la generación de residuos electrónicos.
Consumo destaca que reparar puede considerarse como una cuarta 'R' en la conocida como Regla de las 3R (reducir, reutilizar, reciclar), y como una de las principales acciones para favorecer un consumo responsable y sostenible.
Así, desde Consumo se recuerda que la Unión Europea y el Parlamento Europeo han manifestado su compromiso por el derecho a reparar, teniendo en cuenta la Directiva (UE) 2024/1799 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, aprobada en abril de este año, por la que se establecen normas comunes para promover la reparación de bienes. Los estados miembros deben incorporar esta normativa a sus respectivas legislaciones antes del 31 de julio de 2026.
La nueva norma garantiza que las empresas fabricantes, a petición de los consumidores, reparen los bienes (como lavadoras, lavadoras-secadoras, lavavajillas, aparatos de refrigeración, pantallas, aspiradoras, teléfonos móviles e inalámbricos o tabletas, entre otros) de manera gratuita o a precio razonable, y en un plazo adecuado. De igual forma, se deberá informar de forma accesible, clara, comprensible y también gratuita sobre los servicios de reparación ofrecidos por los fabricantes, importadores o distribuidores. Las piezas de recambio empleadas deben tener un precio proporcionado, de manera que no induzca a desistir de la reparación.
Dos móviles en el proceso de carga de sus baterías
Cuando se lleve a cabo, la garantía legal de los bienes reparados podrá ampliarse un año más. Una vez finalizada la garantía legal del producto, el fabricante continuará con la obligación de repararlo. Las empresas fabricantes, a su vez, deberán garantizar la disponibilidad de piezas de repuesto durante un periodo mínimo de diez años a contar desde que el producto en cuestión deje de fabricarse.
La reparación será gratuita o a un precio razonable, a partir del momento en que el fabricante disponga físicamente del producto, lo haya recibido o la persona consumidora le haya proporcionado acceso. Por otro lado, el fabricante podrá prestar al consumidor un bien de sustitución mientras dure la reparación, y en los casos en los que la reparación sea imposible, el podrá ofrecer un bien reacondicionado.
Asimismo, entre los derechos que amparan a las personas consumidoras, uno de los más importantes es el de la garantía de los productos o bienes de consumo. La garantía legal es de tres años para los productos nuevos, y de dos años para los contenidos o servicios digitales. También existe una garantía comercial, adicional a la garantía legal obligatoria, que puede establecer voluntariamente la entidad vendedora o el fabricante.
La reparación durante el periodo de garantía es gratuita y comprende los gastos para que se subsane el problema, como los gastos de envío, el transporte, la mano de obra o los materiales. Cuando se deje el aparato a reparar, quien realice la reparación debe facilitar una justificación documental de la entrega o del contenido o servicio digital, en la que constará la fecha de la entrega y la falta de conformidad observada.