El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha autorizado hoy prorrogar las medidas extraordinarias vigentes en la comunidad para la contención del virus hasta el 31 de enero incluido, afirmando que siguen siendo “necesarias, proporcionadas e idóneas” a la vista de la situación epidemiológica “que no solo no mejorado, sino que ha empeorado en todos los niveles”.
En este sentido, la Sala destaca en el auto “el crecimiento del número de contagios” debido al rápido avance de la variante ómicron “sin que se haya alcanzado el pico de inflexión, y un aumento del porcentaje de la positividad de las pruebas de diagnóstico de infección activa que alcanza el 52%”, lo que hace que Navarra presente la mayor tasa de incidencia acumulada a los 14 días y a los 7 de todo el Estado.
Ese aumento de los contagios, indica el TSJN, “se ha traducido en una sobrecarga de trabajo en el servicio de atención primaria”, y se refleja en “la situación asistencial de los hospitales, tanto en el servicio de urgencias como en el de los ingresos”, que actualmente superan los picos de la tercera, cuarta y quinta ola. Ha sido preciso “la apertura progresiva de nuevas camas, con efectos también en las unidades de cuidados intensivos”.
Por su parte, la dificultad en la prestación del servicio se ha visto agravada “por la incidencia del virus sobre el propio personal sanitario”, recoge el TSJN en el documento. Esto ha hecho precisa la adopción de medidas extraordinarias, tales como “el ajuste de su actividad para cubrir ausencias derivadas de aislamientos profesionales por infecciones incluso sobre la actividad asistencial quirúrgica de carácter no urgente”.
Paquete de medidas
Entre el paquete de medidas acordadas, se incluye el límite máximo de cierre de una serie de locales y actividades entre la 1:00 y las 6:00 horas, la obligatoriedad del consumo sentado en mesas para un máximo de 10 personas y la regulación de eventos específicos de carácter social, cultural y deportivo, entre otras.
Se recuerda, además, la vigencia de la prohibición de celebraciones de convivencia y ocio con consumo de alcohol (tipo “botellón” y similares) en la vía pública, parques y plazas públicas y en otros lugares de tránsito público.