El segundo segmento de la cuarta Conferencia de las Partes del Convenio de Minamata (COP 4.2) ha comenzado hoy en Bali, Indonesia, y se desarrollará hasta el próximo viernes 25 de marzo. Es la primera Conferencia de este Convenio en la que España participa como Parte de pleno derecho, tras haberlo ratificado en diciembre de 2021 y su entrada en vigor en nuestro país el pasado 13 de marzo. El “Convenio de Minamata sobre el Mercurio”, que entró en vigor en 2017, es un tratado internacional diseñado para proteger la salud humana y el medio ambiente de las emisiones y las liberaciones antropogénicas de mercurio y sus compuestos.
La Conferencia abordará numerosos temas transversales como la asistencia técnica a países en desarrollo y con economías en transición, financiación, presupuestos o cumplimiento de las obligaciones por parte de los Países. Entre los temas técnicos que se abordarán destaca el debate y la negociación sobre la restricción de productos y procesos de fabricación que usan mercurio o compuestos de mercurio, así como el debate sobre el establecimiento de niveles umbrales de mercurio en residuos.
También se debatirá sobre posibles actuaciones para reducir o eliminar el uso de mercurio en actividades de minería de oro artesanal y para minimizar las emisiones de mercurio procedentes de actividades humanas (grandes plantas de combustión que utilizan combustibles fósiles, sector de minería y metalurgia de metales no ferrosos y limpieza de gas natural, entre otros).
El mercurio y sus compuestos pueden resultar muy tóxicos para los seres humanos, la fauna, la flora y los ecosistemas. Este elemento circula en diversas formas en la atmósfera, el agua, los sedimentos, el suelo y en los seres vivos. Debido a diversas actividades humanas, los niveles de mercurio están aumentando significativamente en todas las zonas del planeta, por lo que se considera que el problema tiene escala global.
El Convenio de Minamata sobre Mercurio, negociado en el marco del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), constituye la respuesta global, mediante un instrumento jurídicamente vinculante, para proteger la salud humana y el medio ambiente frente a las emisiones y liberaciones antropogénicas de mercurio, esto es, aquellas que se generan como consecuencia de actividades humanas, no las que se dan de forma natural. Para ello, el convenio establece obligaciones sobre todo el ciclo de vida antropogénico de este metal pesado: producción, comercialización, usos, emisiones, residuos o zonas contaminadas.