La nueva Directiva de Permiso Único, aprobada durante la Presidencia Española del Consejo de la Unión Europea, entrará en vigor el próximo 20 de mayo, una vez que ya fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 30 de abril. A través de la revisión de esta norma, se establece un procedimiento simplificado de emisión de permisos de residencia y trabajo, y un conjunto de derechos de igualdad de trato de los trabajadores extranjeros y los ciudadanos y ciudadanas de la Unión.
La Directiva de Permiso Único es una norma que tiene carácter horizontal, y que se aplica a la práctica totalidad de los permisos de residencia y trabajo que se expiden en la Unión Europea para nacionales de terceros países.
Asimismo, su entrada en vigor supone una modificación profunda de la normativa actual, introduciendo una serie de mejoras notables, como la reducción de plazos y la simplificación de los procedimientos de expedición de permisos, que servirá como incentivo para trabajadores y empresas; o la implantación de la exigencia de examinar las solicitudes desde dentro del territorio de un Estado miembro, impidiendo que se pida abandonar el territorio antes de solicitar un nuevo permiso y reduciendo incentivos a la irregularidad sobrevenida.
La nueva directiva también mejorará la protección de los trabajadores y trabajadoras frente a la explotación, limitando la capacidad de los Estados miembros de dictar normas restrictivas de derechos y mejorando la información y la transparencia de las condiciones de trabajo, y aumentará la igualdad de trato de los trabajadores y trabajadoras migrantes respecto a los nacionales de la UE. A este respecto, hay que subrayar que se amplían los derechos cubiertos por la norma y se actúa decididamente en áreas como la igualdad de acceso a la vivienda privada en alquiler, tal y como reclaman muchas organizaciones de la sociedad civil.
Esta nueva directiva no forma parte del Pacto de Migración y Asilo recientemente aprobado, pero es complementaria a éste, y su entrada en vigor conlleva la modificación de su normativa interna en mayor o menor medida para adaptarse a esta directiva -para las trasposiciones se establece un plazo de dos años, que finaliza el 21 de mayo de 2026-. En el caso de España, al contar ya con un estándar elevado de derechos para las personas trabajadoras migrantes, únicamente se deberán realizar algunas adaptaciones menores, sobre todo en el Reglamento de la Ley de Extranjería. Así, se avanzará en la simplificación procedimental, se ampliarán los derechos en lo que se refiere a los periodos de desempleo y también se mejorarán los requisitos de recogida de datos estadísticos para permitir una mejor evaluación de las políticas migratorias asociadas al permiso único.
Las medidas de derecho nacional que se adopten por el Gobierno van a ser elaboradas mediante del diálogo social e institucional, contando para ello con las Comunidades Autónomas y agentes sociales.
La Presidencia Española del Consejo logró obtener el respaldo de los Estados Miembros en el Comité de Representantes Permanentes de los Gobiernos de los Estados miembros de la UE para la revisión de la Directiva de Permiso Único, sobre la base de un acuerdo alcanzado con el Parlamento Europeo en el Trílogo celebrado el 18 de diciembre de 2023.