El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº4 de Vélez ha exonerado definitivamente todos los créditos pendientes de este vecino malagueño aplicando la cada vez más conocida Ley de la Segunda Oportunidad.
La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha llevado el expediente íntegramente con éxito y contado a este medio cómo ha sido el camino transcurrido en un proceso de más de tres años.
La solución insolvencia a causa de un negocio fallido
Ahogado por las deudas, este vecino de Málaga vio cómo su tienda minorista dejó de ser rentable y los pagos mensuales a atender superaban los ingresos que obtenía de sus ventas. Pensando que sería buena idea, solicitó más préstamos para evitar el cierre y saldar las cuentas con sus acreedores.
Esto puede parecer lógico al principio, pero si la facturación del negocio no mejora las consecuencias son peores. Con los primeros impagos comenzaron las amenazas y demandas por parte de proveedores. La impotencia que esto le causaba propició no solo un problema económico si no de salud, algo más frecuente de lo que parece en estos casos.
Fue entonces cuando decidió solicitar ayuda a profesionales y contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Los abogados de la Asociación, tras analizar la situación y las causas de la insolvencia, le aconsejaron acogerse a un proceso que permitiera quedar libre de deudas definitivamente: la ley de la segunda oportunidad.
"Con el inicio de la Ley de la Segunda Oportunidad iba obtener un beneficio inmediato: un respiro económico, ya que cualquier pago o proceso de embargo quedaba en suspenso hasta que se resolviese el asunto por el juez", nos explica Pepe Domínguez, abogado de la Asociación.
"Posteriormente, además, se aseguraría uno de los dos posibles fines de este trámite: un acuerdo que le rebajara la deuda total hasta una cuantía mensual asumible o la exoneración del 100% de sus créditos", recalca con seguridad Domínguez.
En el presente caso, a pesar del esfuerzo del interesado, la propuesta de acuerdo fue rechazada por la mayoría de acreedores por encontrarla insuficiente. Como bien detalla el letrado, este trámite ha sido derogado con la nueva Ley Concursal: "Debido al constante rechazo de los acreedores, este intento obstaculiza más de lo que ayuda al proceso".
Presentada ante notario y quedando en documento público, el deudor obtenía la distinción "de deudor de buena fe", lo que le permitía solicitar el perdón del 100% de las deudas. Esto fue aprobado por el Tribunal, concediendo así la exoneración sobre todas las obligaciones y eliminando las consecuencias de una mala época empresarial.
Tras ello, este ciudadano se libera una carga importante que llevaba consigo, permitiéndole comenzar sin deudas que le lastren y optando a nueva financiación si su futuro lo requiere.
Requisitos para conseguir la liberación definitiva de las deudas
Para optar a la condonación de las deudas el deudor debe cumplir 3 requisitos esenciales: no haber sido exonerado en los 5 últimos años, ser insolvente y carecer de delitos de orden socioeconómico.
El Juzgado conocedor de este procedimiento comprobó estos requerimientos y el pasado 29 de marzo fue dictada la sentencia concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de 217.879,86 euros.
Con esta sentencia los acreedores del concursado (Banco Santander y Banco Popular) han visto cómo sus créditos han sido cancelados. Ya no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en ficheros de morosos al ya ex-deudor.
No es el primer caso en el que la Asociación de Ayuda al Endeudamiento exonera la totalidad de la deuda en Andalucía. De hecho ya son 15 exoneraciones por parte de la sociedad en Andalucía en lo que llevamos de 2023, triplicando las conseguidas durante el 2022 en estas fechas.