El Pleno del Ayuntamiento de Málaga ha aprobado de forma definitiva la nueva Ordenanza Reguladora de las Prestaciones Económicas de los Servicios Sociales Comunitarios. Esta nueva normativa municipal, que sustituirá al reglamento vigente desde 2011 (actualizado en 2015), no sólo va a aportar una mayor simplificación administrativa para favorecer la celeridad y agilidad en la gestión de estas prestaciones, sino también el aumento de las cuantías máximas de concesión en varias tipologías de ayudas y una actualización anual en función de la subida del IPC. El expediente ha sido validado con los votos favorables del grupo del Partido Popular, la abstención de Vox y el rechazo de Partido Socialista y Con Málaga). Una vez aprobada de forma definitiva, su entrada en vigor queda pendiente de su publicación el Boletín Oficial de la Provincia.
Estas prestaciones, que son gestionadas por los Centros de Servicios Sociales Comunitarios de los distritos y se conceden por prescripción técnica, van destinadas a apoyar a personas, unidades familiares y de convivencia con carencia de recursos económicos que se encuentren expuestas a situaciones sociales sobrevenidas que pongan en riesgo la cobertura de sus necesidades básicas. Se trata, por tanto, de un recurso para la atención a situaciones coyunturales de necesidad. El Ayuntamiento destina a estas prestaciones una media de 5,5 millones de euros anuales.
En este sentido, los objetivos de estas prestaciones son prevenir situaciones de riesgo de exclusión social por circunstancias sobrevenidas, favorecer la permanencia en la vivienda habitual, facilitar el acceso a un alojamiento alternativo, prestar una atención inmediata ante situación de urgencia y emergencia social, y prevenir situaciones de riesgo social en menores derivadas de la carencia de recursos económicos.
La nueva ordenanza, tramitada por el Área de Derechos Sociales, se enmarca en la modernización de los servicios y en la mejora permanente de la atención a la población, con especial atención a las personas en situación de vulnerabilidad. Con este documento ser pretende dar respuesta a las importantes transformaciones sociales y legislativas registradas en los últimos años. Las situaciones de necesidad se han incrementado e intensificado como consecuencia de la crisis económica y social ocasionada por la pandemia, un periodo en el que se han legislado nuevas prestaciones como la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía y el Ingreso Mínimo Vital, como medios para la prevención de la pobreza y la exclusión social.
Una tramitación más ágil
En este contexto, el Ayuntamiento ha impulsado la elaboración de esta nueva ordenanza como una herramienta de prevención social, complementaria de las políticas de renta garantizada, con objeto de favorecer la cohesión y la equidad social evitando los riesgos de caer en la exclusión social a los sectores de población más vulnerables de la ciudad. Con el objetivo de agilizar de simplificar y agilizar la tramitación, estas prestaciones podrán tener carácter urgente u ordinario en función de la naturaleza acuciante de la contingencia que la determine. Así, para situaciones de urgencia o emergencia social se aplicará un proceso técnico y administrativo simplificado para acortar el tiempo de gestión y acceso a la prestación. Entre los requisitos para acogerse a este tipo de prestaciones, además de encontrarse en situación de necesidad, hay que estar empadronado y residir en el municipio de Málaga, en caso de ser propietario poseer sólo la vivienda habitual, no estar pendiente de justificar prestaciones concedidas con anterioridad, no ser beneficiario de ayudas de la misma naturaleza concedidas por otras administraciones e instituciones públicas o privadas, y no superar unos límites económicos fijados en la propia ordenanza en función del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
La nueva ordenanza establece cuatro tipos de prestaciones, que responden a diferentes contingencias y cuya cuantía será actualizada cada año atendiendo al incremento del IPC interanual: para la prevención y atención de situaciones de dificultad social sobrevenida; para el acceso a un alojamiento alternativo; para el mantenimiento del alquiler de la vivienda por circunstancias especiales; y de ayuda económica familiar.
- Prestación económica para la Prevención y Atención de Situaciones de Dificultad Social Sobrevenida, que se define como una prestación económica dirigida a atender circunstancias coyunturales de necesidad socioeconómica sobrevenida que permita, de forma preventiva, evitar situaciones de vulnerabilidad que puedan desembocar en desprotección social (pérdida del empleo, merma de ingresos económicos, incremento del número de miembros de la unidad de convivencia, catástrofes provocadas por fenómenos naturales o humanos, accidente, etc…). Podrán alcanza hasta un importe de 2.000 euros (en el reglamento actual es de 1.600 euros) a excepción de las dirigidas al acceso a suministros básicos (electricidad, gas, agua) que serán de hasta de 500 euros.
- Prestación económica para el Acceso a un Alojamiento Alternativo, que se definen como una prestación que tiene como finalidad apoyar el acceso a un recurso habitacional a personas, unidades familiares o de convivencia que carecen de una vivienda, o cuando ésta no reúna los requisitos mínimos de habitabilidad, así como aquellas situaciones en las que no puedan permanecer en su domicilio por problemas de aislamiento social o de pérdida de la autonomía personal. Dependiendo del tipo de recurso habitacional, la prestación podrá alcanzar entre los 2.000 y 3.500 euros.
- Prestación de Ayuda Económica Familiar que constituye una prestación complementaria de los Servicios Sociales Comunitarios de carácter temporal, dineraria o en especie, dirigida a la prevención, reducción o supresión de aquellos factores que puedan generar situaciones de dificultad o riesgo social en menores de edad a cargo de unidades familiares o de convivencia con carencia de recursos económicos, mediante la atención de sus necesidades básicas y con objeto de favorecer su permanencia e integración en un entorno familiar y social en el que se eviten situaciones de desprotección. Esta prestación tiene naturaleza jurídica condicionada, de acuerdo con lo previsto en la Orden 10 de octubre de 2013 por la que regula gestión mediante la cooperación entre la Junta de Andalucía y las Entidades Locales. Las cuantías son publicadas anualmente por la Administración autonómica.
- Prestación económica para el mantenimiento del alquiler de la vivienda por circunstancias especiales dirigida a apoyar a personas, unidades familiares o de convivencia con dificultades para asumir el coste del alquiler de su vivienda en la búsqueda de una solución definitiva a tal situación, mediante la implantación de un Proyecto de Inserción Social que aborde las situaciones específicas que impiden o limitan el mantenimiento normalizado del alquiler de la vivienda actual. Los beneficiarios de esta prestación, además de encontrarse en situación de riesgo de exclusión social, deben reunir los requisitos establecidos para el acceso a una vivienda pública y estar inscritos en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida. Así mismo deben haber permanecido, de forma ininterrumpida, al menos 10 años, en programas municipales de acceso a una vivienda pública del Ayuntamiento de Málaga, sin que haya sido posible dicho acceso. La cuantía de la prestación será de un importe máximo de 360 euros mensuales.