María Emilia Casas Baamonde, catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad del País Vasco y de la Universidad Complutense de Madrid, y Fernando Rey Martínez, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valladolid, han impartido esta tarde la conferencia sobre "Acciones y discriminaciones positivas", organizada en el marco de la programación de Espacio Fundamentos.
Leonardo Álvarez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo y coordinador de Espacio Fundamentos, el foro de debate promovido por la Junta General y la Universidad de Oviedo, ha presentado a los conferenciantes, en un acto en el que también ha intervenido el presidente de la Junta, Marcelino Marcos Líndez, y al que han asistido miembros de la Mesa de la Cámara, diputados y diputadas, así como el Letrado Mayor de la Cámara, entre otras autoridades.
Casas Baamonde, a preguntas de los periodistas, ha explicado que en la conferencia "tratamos de situar en el plano constitucional, legal y también real las acciones positivas y de discriminación indirecta, y ver qué resultado dan en el fin que persiguen, que es igualar a los desiguales, sobre todo centrado en las mujeres, en la igualdad de sexo y género".

Durante su intervención, la también expresidenta del Tribunal Constitucional ha alertado de "la generalización de un retroceso con ampliación de todas las brechas ante la emergencia sanitaria y la crisis económica" y ha expresado el temor de que "no se haga una recuperación en igualdad porque las mujeres no tomamos las decisiones en la situación de pospandemia"
Asimismo, se ha preguntado si "en el siglo XXI seguiremos en el siglo de la igualdad", después de catalogar al siglo XX como "el siglo de la igualdad real" donde, por ejemplo, "la mitad de la población se incorporó al mercado de trabajo".
"Hay consenso en los textos constitucionales pero se rompe el consenso en la falta de acuerdo político y social sobre los consensos básicos", ha subrayado durante su discurso, en el que ha explicado que "la falta de igualdad es solo por sexo o por género, donde el único consenso está en la violencia de género".
Finalmente, ha llamado la atención sobre que, "en las pocas sentencias del Tribunal Constitucional sobre acciones y discriminaciones positivas", el alto tribunal "define la discriminación como una situación colectiva y grupal".

Por su parte, Fernando Rey, en declaraciones a los medios, ha advertido de que "igualdad no es tratar de modo idéntico a todos, pero la idea constitucional de igualdad requiere a veces un trato idéntico, ante situaciones semejantes, y a veces un trato diverso". En este sentido, ha explicado que "si jurídicamente tratáramos de un modo idéntico a todos, dado que de hecho no todos estamos en la misma posición, el Derecho estaría consolidando una situación de subordinación y desventaja de unas personas sobre otras, sobre todo de las mujeres".
Tras preguntarse "hasta dónde podemos llegar en los tratos preferenciales a los grupos en desventaja para avanzar en la igualdad real", el profesor universitario considera que, en relación a las mujeres, "una de las grandes cuestiones que hace falta es un nuevo contrato sexual, una nueva manera de relacionarnos entre hombres y mujeres para que haya un nuevo contrato social".
"El concepto de las acciones positivas goza de mala reputación, pero sin acciones positivas seríamos del siglo XIX", ha señalado durante su intervención, en la que se ha detenido en el hecho de la obligación de que las mujeres participen en las listas electorales y las cuotas de participación, sobre todo en política, "una medida", ha advertido, "que parece positiva y no lo es". "Se está evitando que las mujeres", ha argumentado, "dejen de no estar en el parlamento. No se les da un trato favorable, sino que se evita que se las perjudique"
El presidente de Junta, durante su intervención, ha puesto en valor la "funcionalidad y efectividad" de la denominada "discriminación positiva". Marcelino Marcos Líndez ha reclamado que, en el debate sobre la discriminación positiva, "se tenga en cuenta una reflexión previa acerca del tipo de igualdad sobre el que queremos hablar". "¿Hablamos de la igualdad como valor superior del ordenamiento jurídico del art. 1.1?, ¿hablamos de la igualdad ante la ley y en la aplicación de la ley del art. 14? O ¿hablamos de la igualdad material y efectiva del art. 9.2?. ¿Qué igualdad priorizamos?", se ha preguntado. A su juicio, "un Derecho coherente con los derechos, entendidos de forma integral, debe ser permeable a medidas de discriminación positiva".
"Estas soluciones legales relacionadas con la discriminación positiva", ha destacado, "han conferido una dimensión más humana al Derecho, pues se les da la oportunidad a aquellos que por cualquier motivo han estado históricamente discriminados, de asumir condiciones de igualdad material, que, de otra forma, debido al lastre de prejuicios seculares, no lo podrían conseguir".